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domingo, 17 de noviembre de 2019

Exp. 540-2016-PA/TC: Declaran fundado amparo presentado por Yimmy Yaipen Quesquèn contra Ordenanza Municipal 005-2009-A/MDM de la Municipalidad Distrital de Monsefú, Chiclayo que prohibió la autorización de permisos para el otorgamiento de actividades o eventos bailables populares en locales públicos, privados y calles del referido distrito.


En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano (Exp. 540-2016-PA/TC), ha declarado fundada una demanda de amparo interpuesta por el señor Yimmy Yaipèn Quesquèn, quien alegando la vulneración de su derecho al trabajo, solicitó se declare nula e ineficaz la Ordenanza Municipal Nro. 005-2009-A/MDM (y el Acuerdo de Consejo 47-2015 que la ratificò), emitidos en la Municipalidad Distrital de Monsefú, Chiclayo, que prohibió la autorización de permisos para el otorgamiento de actividades o eventos bailables populares en locales públicos, privados y calles del referido distrito.

Segùn el TC, si bien la referida disposición es un medio idóneo para proteger la tranquilidad, el orden, la paz y el descanso de los vecinos de Monsefù, no es necesaria, pues, existen otras medidas idóneas menos gravosas para la realización del fin perseguido, como limitar la prohibición de tales actividades bailables en locales públicos y privados ubicados dentro de zonas destinadas a vivienda del referido distrito, sin afectar aquellos locales alejados de tales áreas, como es el caso del demandante, cuyo local está ubicado en una zona agrícola.

Aquí se puede encontrar la referida resolución:


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