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sábado, 23 de noviembre de 2019

Casaciòn Nº 675-2018/San Martín: Se infringe principio acusatorio si Juez al momento de sentencia incorpora circunstancia agravante no postulada por la Fiscalia.


Se ha publicado recientemente en la web del Poder Judicial la Casaciòn Nº 675-2018/San Martín, en la cual la Corte Suprema de Justicia de la Repùblica, señala que se infringe el principio acusatorio, que integra la garantía del debido proceso, si el Juez, al momento de sentenciar, incorpora una circunstancia agravante genérica (pluralidad de agentes, ejecutar el delito sobre bienes o recursos pùblicos), que no fue postulada en su acusación por la Fiscalía.

Citando a Gimeno Sendra, la Corte Suprema, señala: “El Juez no puede desde esta perspectiva, sin introducir la tesis alternativa, condenar por infracciones que no han sido objeto de acusación y debate, o por un delito màs grave que aquel por el que se acusò, o distinto de èste, (salvo que ambos guarden relación de homegeneidad) o aplicando circunstancias agravantes –cualificadas, genéricas o específicas- o subtipos agravados no incoados por la acusación” (Fundamento de derecho primero)

Aquí se puede encontrar la referida sentencia:



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