En sentencia
emitida en la Casación Nro. 288-2018/Tacna,Casación Nro. 288-2018/Tacna, recientemente publicada en la Web
del Poder Judicial, la Corte Suprema de Justicia de la República declara
fundado un recurso de casación, al considerar que una Sala no dio respuesta
fundamentada al ofrecimiento de un medio probatorio (una declaración
testimonial), inobservando lo prescrito en el artículo 422, numeral 2, literal
a), que establece la posibilidad de ofrecimiento de medios probatorios en
segunda instancia, siempre que no se haya podido proponer en primera instancia
por desconocimiento de su existencia.
Aquí se puede
encontrar la referida Ley:
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