En sentencia
emitida por el Tribunal constitucional peruano, en el Expediente Nro.
1888-2016-PA/TC, se desarrolla
el derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales, considerando que
constituye parte inseparable de la exigencia de la tutela judicial.
Señala, el TC, que
“en el Expediente 01042-2002-PA/TC, el Tribunal Constitucional consideró que la
actuación de la autoridad jurisdiccional en la etapa de ejecución de sentencias
constituye un elemento fundamental e imprescindible en el logro de una efectiva
tutela jurisdiccional, siendo de especial relevancia para el interés público,
dado que el Estado de Derecho no puede existir cuando no es posible alcanzar la
justicia a través de los órganos establecidos para tal efecto. Para ello, la
autoridad jurisdiccional deberá realizar todas aquellas acciones que tiendan a
que los justiciables sean repuestos en sus derechos reaccionando frente a
posteriores actuaciones o comportamientos que debiliten el contenido material
de sus decisiones, pues solo así se podrán satisfacer los derechos de quienes
han vencido en juicio, sin obligarles a asumir la carga de nuevos procesos”
Aquí se puede
encontrar la referida resolución:
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