Se ha publicado
ayer en la web del Tribunal Constitucional peruano la sentencia emitida en el
proceso de inconstitucionalidad Nº 12-2017-PI/TC, referido a la demanda de
inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo contra la Ordenanza Regional
Nº 010-2016-GR-CAJ-CR, emitida por el Gobierno Regional de Cajamarca.
El TC declara
fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad, al considerar, que, al
establecerse en la Ordenanza Regional antes indicada la posibilidad de que el
Gobierno Regional de Cajamarca pueda reconocer pueblos indígenas y originarios,
se afecta competencias del Poder Ejecutivo, en materia de identificación y
reconocimiento de pueblos indígenas.
Según el TC, “Si
bien es cierto que de lo expuesto hasta aquí no se advierte que la competencia
materia de controversia se reconozca expresamente a ningún ente, incluido el
Poder Ejecutivo, por lo explicado supra, en nuestro ordenamiento jurídico las
competencias no asignadas a un ente estatal de forma expresa le corresponden al
Poder Ejecutivo por defecto. (Fundamento 45)
Aquí puede
encontrarse la referida resolución:
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