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martes, 25 de abril de 2023

TC declara infundada demanda de inconstitucionalidad presentada contra diversos artículos del Código Procesal Constitucional peruano. (Expediente N° 30-2021-PI-TC)

  

TC declara infundada demanda de inconstitucionalidad presentada contra diversos artículos del Código Procesal Constitucional peruano. (Expediente N° 30-2021-PI-TC)

El Tribunal Constitucional peruano, en sentencia emitida en el Expediente N° 30-2021-PI-TC, publicada en su web el 09 de marzo de 2023, ha declarado INFUNDADA una demanda de inconstitucionalidad presentada por el Procurador Público del Poder Judicial, que cuestionó la constitucionalidad de los siguientes artículos del Código Procesal Constitucional, aprobado por Ley 31307:

-Art. 5, segundo párrafo, según el cual: “en los procesos constitucionales contra resoluciones judiciales, no se notifica ni se emplaza con la demanda a los jueces o magistrados del Poder Judicial”.

-Artículo 6, que prohíbe el rechazo liminar de las demandas en los procesos constitucionales de habeas corpus, amparo, habeas data y de cumplimiento.

-Artículos 23, literal “a” y 37.8, en los que se señala que no hay vista de la causa salvo que el demandante o el favorecido la solicite.

-Art. 26, segundo párrafo, en el extremo que dispone la actuación inmediata de sentencia estimatoria es inimpugnable y que mantiene su vigencia hasta el final del proceso.

-Art. 64, segundo párrafo, según el cual en un proceso de habeas data, el requerimiento judicial que realiza el juez para que el demandado cumpla con la entrega de la información solicitada antes de emitir sentencia tiene el carácter de inimpugnable.

-Art. 29, en el extremo que establece que la demanda de habeas corpus se interpone ante el Juez Constitucional.

Por otro lado, el TC señala RESUELVE INTERPRETAR QUE “el segundo párrafo del artículo 24 del Código Procesal Constitucional es constitucional, siempre que se entienda que la convocatoria de vista de la causa en audiencia pública y el ejercicio de la defensa pueden hacerse de forma oral cuando corresponda expedir un pronunciamiento sobre el fondo del asunto y en aquellos casos en los que el Pleno lo considere indispensable”

Aquí se puede encontrar el enlace de acceso a la referida sentencia del TC:

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2023/00030-2021-AI.pdf

viernes, 14 de abril de 2023

PUBLICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY 31621: Ley que promueve servicios de protección temporal para víctimas de violencia familiar y sexual.

 El 11 de abril de 2023 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 005-2023-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley 31621, Ley que promueve lo servicios de protección temporal para víctimas de violencia familiar y sexual.

Establecen criterios para determinar la necesidad de implementar los Hogares de Refugio Temporal que deben tener en cuenta los Gobiernos Regionales y locales, los cuales deben elaborar un documento de trabajo para determinar la necesidad de su implementación.

Aquí puede encontrarse el enlace de acceso al referido Decreto Supremo:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-no-31621-decreto-supremo-n-005-2023-mimp-2167825-3/

sábado, 1 de abril de 2023

PUBLICAN LEY 31720, Ley que crea el Canon hídrico como medida de compensación a las poblaciones afectadas por trasvase de aguas.

 Se publica hoy 1 de abril de 2023 en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31720, que crea el Canon hídrico, que según su artículo 1, tiene por objeto generar recursos para las zonas afectadas por trasvases de agua, como compensación por el desvío de aguas producto del trasvase.

No se contempla trasvases realizados por generación de energía eléctrica.

Se modifica la Ley N° 27506, Ley del Canon, incorporándose un título X, Del canon hídrico (25% para las municipalidades distritales, 25% para las municipalidades provinciales, 50% para los centros poblados).

Aquí puede encontrarse el enlace de acceso a la referida Ley:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-crea-el-canon-hidrico-como-medida-de-compensacion-a-ley-n-31720-2165975-1/

MODIFICAN CALENDARIO OFICIAL DE LA APLICACIÓN PROGRESIVA DEL CÓDIGO DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES (Decreto Supremo 03-2023-JUS)

 Se publicó ayer en Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 023-2023-JUS, que modifica el calendario oficial de la aplicación progresiva del Código de Responsabilidad Penal de adolescentes.

Aquí puede encontrarse el enlace de acceso al referido Decreto:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-modifica-el-decreto-supremo-no-003-2022-decreto-supremo-n-003-2023-jus-2165974-4/