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sábado, 23 de noviembre de 2019

Expediente 4234-2015-PHC/TC: Fundado hàbeas corpus por vulneraciòn del debido proceso y ne bis in idem.



En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano, en el Expediente Nro. 4234-2015-PHC/TC, se declara fundada una demanda de hábeas corpus, al considerar que en un proceso penal se violó el debido proceso y el ne bis in idem.

El TC explica las vertientes procesal y material del ne bis in idem, señala que es un contenido implícito del debido proceso, y, que, para activar la referida garantía, es un requisito previo la existencia de una resolución que tenga la calidad de cosa juzgada o cosa decidida, y que, luego de verificado ello, recién se puede analizar los componentes del referido principio, que son: a) identidad de persona física o identidad de sujeto; b) identidad de objeto o identidad objetiva; y c) identidad de la causa de persecución o identidad de fundamento.

En el caso el TC analiza lo actuado en dos procesos penales seguidos contra una misma persona, concluyendo que ha existido le vulneración del ne bis in ídem, al constatarse la presencia de los tres componentes antes indicados, por lo que declara fundada la demanda de hábeas corpus, nula la sentencia y todo lo actuado en uno de los procesos penales.

Aquí se puede encontrar la referida resolución:



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