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sábado, 23 de noviembre de 2019

Expediente 927-2016-PHC/TC: Improcedente hàbeas corpus pues no se presentò contra resoluciòn judicial firme.


En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano, en el Expediente 927-2016-PHC/TC, publicada el 04/10/2019, en su web, se declara improcedente una demanda de hábeas corpus, al considerarse que no se ha acreditado una afectación de la libertad personal del recurrente y por haberse presentado contra resoluciones judiciales que no eran firmes, incumpliéndose lo prescrito en el artículo 4 del Código Procesal Constitucional.

En el fundamento 8, se señala: “Al respecto, cabe señalar que este Tribunal Constitucional ya ha resuelto varios expedientes relativos a demandas de hábeas corpus interpuestas en favor del mismo recurrente, en las que, al igual que en el presente caso, se solicitaba que se disponga la exclusión de la prueba ilícita que constituiría la información contenida en la CPU de su computadora (Expedientes 03638-2014-PHC/TC, 05444-2014-PHC/TC, 00990-2017-PHC/TC y 02013-2016-PHC/TC). En dichas sentencias interlocutorias también se señaló que no se cumplía con el requisito procesal relativo a contar con sentencia firme”

Aquí se puede encontrar la referida resolución:




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