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sábado, 23 de noviembre de 2019

Expediente 1587-2018-PHC/TC: Fundada amparo a favor de hijas del Expresidente Ollanta Humala, pues Fiscal no evaluó interés superior del niño para realizar diligencia en Institución Educativa.


Ayer 09 de julio de 2019, en la web del Tribunal Constitucional, se ha publicado la sentencia emitida en el Expediente 1587-2018-PHC/TC, en la cual, luego de convertirse un proceso de hábeas corpus en uno de amparo, el TC, declara fundada en parte la demanda presentada por el ex Presidente Ollanta Humala Tasso, a favor de sus hijas, al considerar que el Fiscal que dispuso mediante una providencia la realización de una diligencia en la Institución Educativa donde estudiaban las mismas, no evaluó si el interés superior de las niñas se podía o no ver perjudicado, ni justificó la no existencia de otras medidas alternativas a la referida diligencia, ni explicó por qué éstas no serían adecuadas para el propósito de la Fiscalía. Considera, el TC, que no se tomó en cuenta el artículo 4 de la Ley Nro. 30466, que establece, como una de las garantías procesales para la salvaguarda del interés superior del niño, la "evaluación del impacto de la decisión tomada en consideración de los derechos del niño".

El TC, exhorta, a las autoridades tomar en cuenta en todas sus decisiones y consideraciones, como prioridad, el interés superior del niño, niña o adolescente (tanto en el ámbito fiscal como judicial), teniendo en consideración la Ley 30466, (que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño), así como su Reglamento (Decreto Supremo 002-2018-MIMP), y lo señalado en esta sentencia.

Aquí se puede encontrar la referida resolución:



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