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sábado, 23 de noviembre de 2019

Expediente Nº 2077-2017-PHC/TC: Rehabilitaciòn y reeducación de los internos. Infundado hàbeas corpus contra resoluciòn que denegò otorgamiento de beneficio de liberaciòn condicional.


En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano, en el Expediente Nº 2077-2017-PHC/TC, se declara infundada una demanda de hábeas corpus presentada por una interna de un Establecimiento Penitenciario, que alegaba vulneración del derecho a la debida motivación de una resolución que denegó su solicitud de liberación condicional.

En la sentencia se trata aspectos a los propósitos de la rehabilitación y reeducación de los internos, de la prevención especial y general de la pena. Se cita el criterio señalado por el mismo TC, en el fundamento 14 de la sentencia emitida en el caso Máximo Llajaruna Sare (Expediente 1594-2003-I-IC/TC, según el cual, “La determinación de si corresponde o no otorgar a un interno un determinado beneficio penitenciario, en realidad, no debe ni puede reducirse a verificar si este cumplió o no los supuestos formales que la normatividad contempla (...), pues el elemento determinante se encuentra graduado por la manifestación de la rehabilitación del interno que cree convicción en el juzgador de que —en el momento anticipado— le corresponde su reincorporación a la sociedad”  (Fundamento cuarto)

Aquí se puede encontrar la referida resolución:



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