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sábado, 23 de noviembre de 2019

Expediente Nº 4759-2016-PHC/TC: infundada demanda de hábeas corpus presentada por presunta vulneración del derecho a no ser condenado en ausencia (artículo 139.12 de la Constitución Política de 1993)



En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano, en el Expediente Nº 4759-2016-PHC/TC, se declara infundada una demanda de hábeas corpus presentada por presunta vulneración del derecho a no ser condenado en ausencia (artículo 139.12 de la Constitución Política de 1993)

Para el TC, “la conculcación de este derecho no se circunscribe a la emisión de una resolución condenatoria en ausencia física del procesado, sino a su imposición respecto de un procesado que se encuentre ausente del proceso penal, es decir, que no conozca de la instauración, tramitación y consecuente sentencia” (Fundamento 11)

Señala, el TC, que, en el caso, “la favorecida conoció de la instauración del proceso en su contra, de su tramitación y consecuente emisión de la sentencia que finalmente fue apelada por su defensa; es decir, no se encontró ausente del proceso penal, puesto que conoció del mismo y se pudo defender respecto de los cargos imputados en su contra, contexto en el que la emisión de las resoluciones cuestionadas no resulta vulneratoria del derecho a no ser condenado en ausencia” (Fundamento 14)

Aquí se puede encontrar la referida resolución:



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