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jueves, 30 de abril de 2020

Publican Resolución Administrativa Nº 0272020-CE-PJ, que habilita a Jueces de Paz a continuar con función notarial en el ámbito de su competencia territorial, en el periodo de Emergencia Nacional.



Hoy 30/04/2020 se publica en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Administrativa Nº 0272020-CE-PJ, que habilita a Jueces de Paz a continuar con función notarial en el ámbito de su competencia territorial, en el periodo de Emergencia Nacional.

Así mismo se habilita competencia para que continúen tramitando casos de violencia familiar, conforme a ley, en el ámbito de su competencia territorial.

También, se recomienda a la Jefa de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena que comunique a los Jueces de Paz que no están facultados para realizar levantamiento de cadáveres, excepto en supuesto de artículo 20 de la Ley 29824, Ley de Justicia de Paz (por encargo del Fiscal Provincial, si las circunstancias lo ameritan) ni participar en acto de entrega de víveres por Municipalidades.

Aquí se puede encontrar la referida Resolución:


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