Hoy 21/04/2020 se publica en el Diario
Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia 44-2020, que dispone el
otorgamiento excepcional de un subsidio monetario complementario de S/380 00
soles a favor de hogares que se
encuentren comprendidos en el padrón de hogares beneficiarios del subsidio
monetario a que se refiere el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de
Urgencia N° 027-2020.
Se dispone que el subsidio monetario puede cobrarse como máximo hasta
treinta (30) días calendarios posteriores al término de la Emergencia
Sanitaria. Culminado dicho plazo, dentro de los quince (15) días calendario
siguientes, el Banco de la Nación y las entidades financieras privadas que
hayan recibido recursos deben extornarlos a la cuenta del Tesoro Público.
Aquí se puede encontrar el referido Decreto:
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