Se publicó ayer 29/04/2020 en el Diario Oficial El
Peruano la Resolución Ministerial Nº 178-2020-MINEDU, que dispone la
implementación de una Plataforma Virtual a cargo del MINEDU, en la cual se
registren solicitudes para estudiar en una institución educativa pública de
Educación Básica regular, con excepción de Colegios de Alto Rendimiento o de
Educación Básica Especial.
Se establece que los representantes legales de los
menores DEBEN REGISTRAR SU SOLICITUD ENTRE EL 8 AL 22 DE MAYO DEL PRESENTE AÑO.
Se señala que no es necesaria la presentación de
documentos físicos, sin embargo, TODA INFORMACIÓN QUE SE REGISTRE TIENE CARÁCTER
DE DECLARACION JURADA, y puede ser verificada por MINEDU y directivos de
instituciones educativas públicas.
Es importante esta resolución, pues, como se hace
referencia en la parte considerativa de la misma, busca dar solución a
problemas surgidos debido al aislamiento e inamovilidad social obligatoria, lo
cual ha impedido a muchas personas realizar matrículas de sus hijos, a los
directivos de sector educación tramitarlas; así mismo, posibilita traslado por
cuestiones económicas de estudiantes de entidades privadas a públicas.
Esta Resolución permite efectivizar postulados constitucionales,
como el contemplado en el artículo 13 de la Constitución Política de 1993, según
la cual, “los padres de familia tienen el derecho de escoger los centros de
educación de sus hijos”; y el contemplado en el artículo 16 del referido texto
constitucional: “Es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de
recibir educación adecuada por razón de su situación económica”.
Los solicitantes deben tener cuidado en consignar datos
verdaderos en la plataforma, a fin de evitar el surgimiento de algún problema
de índole legal, ante la consignación de alguna falsedad.
Aquí puede encontrarse la referida Resolución:
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