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viernes, 3 de abril de 2020

Se publica Decreto Supremo Nº 057-2020, que incorpora el artículo 3.8 al Decreto Supremo 051-2020-PCM, relacionada a días de desplazamiento permitidos para hombres y mujeres y establece uso obligatorio de mascarillas. para circular por las vías de uso público.


Se publicó ayer 02/04/2020, en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 057-2020, que incorpora el artículo 3.8 al Decreto Supremo 051-2020-PCM, que establece las siguientes disposiciones:
-Para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos, solo está permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar.

-Los lunes, miércoles y viernes únicamente podrán transitar personas del sexo masculino.

-Los martes, jueves y sábados únicamente podrán transitar las personas del sexo femenino.

-El domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día.

-Para la aplicación y control de la presente disposición, queda prohibido cualquier tipo de discriminación.

-Se exceptúa de lo dispuesto en el presente numeral a aquellas personas que deban circular para el cobro de cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la Emergencia Nacional, así como para el cobro de pensiones en las entidades bancarias.

-Es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público.”

Aquí se puede encontrar el referido Decreto Supremo:



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