Mediante Resolución
Ministerial 197-2020-PCM (El Peruano 16/04/2020), se aprueba los Lineamientos para el traslado y
cuarentena de personas que se encuentran fuera de su domicilio habitual, como
efectos de las medidas de aislamiento social por la Emergencia Nacional por e
COVID 19.
Entre los
principales lineamientos obligatorios que se establecen se tiene a los
siguientes:
-El traslado se
aplica exclusivamente a personas que se encuentran fuera de su domicilio
habitual a consecuencia de disposiciones de inamovilidad social y que por
motivos justificados de vulnerabilidad deben retornar a su departamento de
residencia habitual.
-El Gobierno Regional elabora el padrón de
personas beneficiadas, establece criterios de vulnerabilidad y priorización
(adultos mayores, familias con niños, mujeres embarazadas, movilización por
tratamientos médicos y necesidad económica). La relación debe ser enviada a
INDECI.
-El Gobierno Regional identifica medio de
transporte terrestre adecuado. INDECI verifica que medios de transporte,
oficina de embarque y desembarque cumplan con reglas sanitarias establecidas
por MINSA.
-El ciudadano debe manifestar su disposición
a someterse a evaluación preventiva, y a prueba rápida de descarte de COVID 19
antes de traslado; además, suscribir declaración jurada de conformidad para cumplir
cuarentena por 14 días. Las personas no deben tener síntoma alguno de contagio
y dar negativo a prueba rápida.
-INDECI reconoce costo de transporte de
personas debidamente identificadas y sustentadas como personas en situación de
vulnerabilidad. Las que no tienen esta condición deberán asumir el costo de traslado
y alimentación.
-Se establecen medidas que deben adoptar
empresas de transporte, conductores, tripulación, pasajeros, antes y durante el transporte.
-El Gobierno Regional a través de DIRESAS Y
GERESAS, en coordinación con alcaldes y bajo aprobación del Comando COVID 19
identifican lugares (hoteles, albergues u otros) para cumplimiento de
cuarentena, que deben cumplir con reglas sanitarias.
-El Gobierno Regional cubre costo de
albergue, residencia transitoria, alimentación y medicación, pudiendo también
las personas cubrir sus costos.
-P.N.P. y F.A. supervisan aislamiento
obligatorio.
Aquí se puede encontrar la referida
resolución y lineamientos:
1 comentario:
Todavía no puedo creer que no sé por dónde empezar, mi nombre es Juan, tengo 36 años, me diagnosticaron enfermedades de herpes genital, perdí toda esperanza en la vida, pero como cualquier otro, todavía buscaba un cura incluso en Internet y ahí es donde conocí al Dr. Ogala. Al principio no podía creerlo, pero también me sorprendió después de administrarle algunos de sus medicamentos a base de hierbas. Estoy muy feliz de decir que ahora estoy curado. Necesito compartir este milagro. experiencia, así que les digo a todos los demás con enfermedades de herpes genital, por favor, para una vida mejor y un medio ambiente mejor, comuníquese con el Dr. ogala por correo electrónico: ogalasolutiontemple@gmail.com también puede llamar o WhatsApp +2349123794867
Publicar un comentario