Se publicó ayer 30/05/2020 en El
Peruano la Resolución de la Sala Plena Nº 01-2020-SERVIR/TSC que establece precedente
administrativo sobre suspensión del cómputo de plazos de prescripción del
régimen disciplinario previsto en la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, durante
el Estado de Emergencia Nacional.
Se considera como precedente
administrativo:
-Corresponde la suspensión del cómputo
de los plazos de prescripción desde el 16/03/2020 hasta el 30/06/2020, ante la
imposibilidad de las entidades de dar inicio a los procedimientos
administrativos disciplinarios e impulsar los ya iniciados.
-En caso de prorrogarse el Estado de
Emergencia Nacional y el consecuente aislamiento social obligatorio
(cuarentena), también debería variarse la fecha de reanudación del cómputo de
los plazos de prescripción.
-La suspensión del cómputo de los
plazos de prescripción del 16/03/2020 hasta el 30/06/2020, también resulta de
aplicación al cómputo de los plazos de prescripción del régimen disciplinario
regulado por la Ley Nº 29944 (Ley de Reforma Magisterial) y su Reglamento
(Decreto Supremo Nº 004-2013-ED)
Aquí se puede encontrar la referida
Resolución:
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/establecen-precedente-administrativo-sobre-la-suspension-del-resolucion-n-001-2020-servirtsc-1866873-1/
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/establecen-precedente-administrativo-sobre-la-suspension-del-resolucion-n-001-2020-servirtsc-1866873-1/
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