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jueves, 14 de mayo de 2020

Publican Decreto Legislativo Nº 1503, que modifica Ley General de Salud (26842) y Ley de Cementerios y Servicios Funerarios (Ley 26298).


El 11/05/2020 se publicó en El Peruano el Decreto Legislativo Nº 1503, que realiza las siguientes modificaciones legales:
-Se modifica artículo 112 de la ley 26842, Ley General de Salud, quedando el texto actual así: “Todo cadáver que haga posible la propagación de enfermedades es cremado o inhumado, salvo excepciones establecidas por Ley. En caso de emergencia sanitaria, ante la existencia de un cadáver que no tenga causa de muerte ni indicios de criminalidad señalado por el Ministerio Público, que se encuentre en el domicilio o lugar distinto al establecimiento de salud, se presume que su muerte se produjo por agente infeccioso que generó la emergencia sanitaria, por lo que corresponde a la autoridad de salud disponer su cremación inmediata o inhumación. La Autoridad de Salud puede solicitar el apoyo de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas cuando lo considere necesario”
Antes de la modificación en el artículo sólo se prescribía: “Todo cadáver que haga posible la propagación de enfermedades será cremado previa necropsia”
-Se modifica los artículos 6 y 14 de la Ley Nº 26298, Ley de Cementerios y Servicios Funerarios:

Se agrega un párrafo al artículo 6, para establecerse que “(…)Los cementerios públicos deben reservar y habilitar un área para la inhumación en fosa común de cadáveres cuya causa de fallecimiento haya sido por agente infeccioso que generó la declaración de la emergencia sanitaria; esta área debe ser adicional a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Los cementerios privados pueden reservar y habilitar un área para la inhumación en fosa común de cadáveres a que hace referencia el presente párrafo”

También se adiciona un párrafo al artículo 14 de la referida ley: “(…) En caso de emergencia sanitaria declarada por Autoridad de Salud, las agencias funerarias o quien haga sus veces en dicho escenario, cumplirán las disposiciones emitidas por esta autoridad respecto al manejo de bienes y administración de servicios indicados en el párrafo precedente, a fin de proteger la salud pública”

Aquí se puede encontrar el referido Decreto:

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