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sábado, 2 de mayo de 2020

Publican Decreto Supremo 006-2020-JUS: establece criterios y procedimiento especial para recomendación de Gracias Presidenciales para adolescentes privados de su libertad, en el marco de emergencia sanitaria por COVID 19.


Se publicó ayer 01/05/2020, en Edición Extraordinaria de El Peruano, el Decreto Supremo 006-2020-JUS: establece criterios y procedimiento especial para recomendación de Gracias Presidenciales para adolescentes privados de su libertad, en el marco de emergencia sanitaria por COVID 19.

Se establecen dos supuestos de indulto:

1.- Supuesto de indulto por razones humanitarias:

Se establece que la Comisión de Gracias Presidenciales evalúa y, de ser el caso, recomienda concesión de esta gracia presidencial para adolescentes sentenciados con medida socioeducativa de internamiento que:

- Padecen una enfermedad crónica grave, o presenta comorbilidad al COVID-19 y/o el desarrollo de complicaciones, conforme a señalado por MINSA;
-Padecen otras enfermedades crónicas que, teniendo en cuenta condiciones penitenciarias, se consideren vulnerables a contagio de COVID-19.
2.- Supuesto de indulto común y conmutación de medida socioeducativa:

Se establece que Comisión de Gracias Presidenciales puede recomendar concesión de indulto común o conmutación de medida socioeducativa para adolescentes internas o internos sentenciados que:
a) Sea madre y permanezca con su niño o niña en Centro Juvenil de Medio Cerrado.
b) Se encuentre en estado de gestación.
c) Su medida socioeducativa se cumpla en próximos seis meses.
d) Se haya impuesto medida de internamiento no mayor a un año y medio.
e) Sea menor de 16 años.
Se precisa que en supuestos d) y e) no procede la recomendación de gracia presidencial a los sentenciados por cualquiera de las siguientes infracciones a la ley penal: arts. 106,107,108,108-A,108-B,108-C, 108-D, 109, 152, 170,171,172,173,174,175, 177, 200, Terrorismo (Decreto Ley Nº 25475 y modificatorias), Financiamiento del terrorismo (art. 4-A Decreto Ley Nº 25475 y modificatorias).
Se regula, además, el procedimiento a seguirse en ambos supuestos, y se establece que previo a la excarcelación se debe realizar pruebas de laboratorio para COVID 19.
Es importante la expedición de este Decreto pues posibilita que los adolescentes sentenciados con internamiento en Centros Juveniles puedan también tramitar gracias presidenciales de similar manera a lo establecido en el Decreto Supremo 004-2020-PCM, respecto a los adultos.
Tal como se hace referencia en la parte considerativa del Decreto se emite esta norma teniendo en cuenta, entre otros aspectos, lo prescrito en el artículo 172 del Código de Responsabilidad Penal del Adolescente (Decreto Legislativo 1348), que reconoce el derecho del adolescente a solicitar una gracia presidencial (uno de los pocos artículos del referido Código ya vigente en el país).
Aquí se puede encontrar el referido Decreto:

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