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domingo, 3 de mayo de 2020

Publican Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, que aprueba reanudación de ACTIVIDADES ECONÓMICAS en forma gradual y progresiva dentro del marco de Emergencia Sanitaria Nacional a consecuencia del COVID 19.


Se publica hoy 03/05/2020 en El Peruano el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, que aprueba reanudación de ACTIVIDADES ECONÓMICAS en forma gradual y progresiva dentro del marco de Emergencia Sanitaria Nacional a consecuencia del COVID 19.
Se dispone Reanudación de actividades en cuatro fases, señalándose en Anexo solamente las actividades de la Fase 1, que se inicia en mayo de 2020 (no se establece día, facultándose a sectores competentes disponer mediante resolución ministerial la fecha de inicio).
Las actividades de la Fase 1 son de 4 rubros:
-Minería e industria.
-Construcción.
- Servicios y turismo.
-Comercio.
EN CADA RUBRO SE ESPECIFICA LAS ACTIVIDADES QUE SE REANUDARAN EN ESTA FASE 1, NO SON TODAS LAS ACTIVIDADES DEL RUBRO. Por ejemplo, en el RUBRO COMERCIO, solo se considera dos actividades: Comercialización de productos agrarios y comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.
No se establecen aún las actividades de las otras tres fases, ni las fechas de inicio de éstas, facultándose a los sectores competentes a incluir actividades económicas priorizadas en siguientes fases de Reanudación de Actividades, previa opinión favorable del MINSA.


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