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miércoles, 6 de mayo de 2020

Publican Decreto Supremo 053-2020-PCM: otorga bono extraordinario al personal del INPE, Programa Nacional de Centros Juveniles, Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, por cumplir acciones de alto riesgo ante emergencia producida por COVID-19.




Se publicó ayer en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 053-2020-PCM, que otorga bono extraordinario al personal del INPE, Programa Nacional de Centros Juveniles, Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, por cumplir acciones de alto riesgo ante emergencia producida por COVID-19.

Entre las principales disposiciones se tiene a las siguientes:

-MONTO DE BONO PERSONAL CENTROS JUVENILES DE MEDIO CERRADO Y ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS: S/ 720,00 soles mensuales. BENEFICIARIOS: quienes realizan labores efectivas, permanentes y presenciales, de alimentación, seguridad, salud, acompañamiento, monitoreo, orientación y otras funciones vitales para operatividad de los referidos establecimientos. EXCLUIDOS: quienes no realizan sus labores dentro de los establecimientos antes indicados.

-MONTO DE BONO A FAVOR DE PERSONAL DE F.A.: a) A favor de Oficiales, Técnicos y Suboficiales: S/ 720,00 soles mensuales. b) A favor del personal del Servicio Militar acuartelado: S/ 300,00 soles mensuales. BENEFICIARIOS: Quienes realizan labores efectivas (apoyo a PNP-orden interno, garantizar aislamiento sanitario, apoyo médico, psicológico, transporte de víveres, servicio fúnebre. EXCLUIDOS:  cargos de confianza o directivo, quienes realizan actividad administrativa.

-MONTO DE BONO A FAVOR DE PERSONAL P.N.P: S/ 720,00 soles mensuales. BENEFICIARIOS: Quienes realizan labores efectivas, permanentes y presenciales en espacios públicos, (marco D.S. N° 044-2020-PCM y sus modificatorias): Control orden interno zonas de focos infecciones determinados por MINSA, acompañamiento, resguardo a personal del MINSA en cumplimiento de funciones Emergencia Sanitaria; acciones vinculadas a garantizar, mantener y restablecer orden interno; prestar protección y ayuda a personas y comunidad; garantizar el cumplimiento de leyes y seguridad patrimonio público y privado; prevenir, investigar, y combatir delincuencia. ES APLICABLE TAMBIEN: para el personal policial que cuente con diagnóstico positivo COVID-19, contraído como consecuencia de cumplimiento de funciones Emergencia Sanitaria. EXCLUIDOS: personal policial con aislamiento obligatorio por formar parte de grupos de riesgo para cuadros clínicos severos y muerte, conforme a Resolución Ministerial N° 084-2020/MINSA.

-Cambios de colocación de P.N.P y cambios de empleo F.A. en año 2020, se realizan únicamente por necesidad de servicio.

-Se modifica artículo 4 del D.U. 26-2020, PARA AMPLIAR OTORGAMIENTO DE BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA A DIFERENTES PROFESIONALES DE LA SALUD.

-Se deroga numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 032-2020 y numeral 5.4 del artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 039-2020.

Aquí puede encontrarse referido Decreto:


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