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lunes, 25 de mayo de 2020

Declaran fundada demanda de amparo presentado por Sindicato de empresa por vulneraciòn del derecho a la huelga (Expediente 2302-2015/PA/TC)


Se ha publicado recientemente en la web del TC la resolución emitida en el Expediente 2302-2015/PA/TC, que declara fundada una demanda de amparo presentada por un Sindicato de trabajadores de una empresa por vulneración del derecho a la huelga.
Según el TC, “la ley no faculta al empleador para designar directamente a los trabajadores que deberán laborar en las áreas que prestan servicios esenciales en caso de huelga o paralizaciones, pues, dicha facultad —y responsabilidad— es exclusiva del sindicato (…) En el caso de autos, la designación de los trabajadores para laborar en las áreas esenciales por parte del empleador constituye una afectación al derecho de huelga de los trabajadores afiliados a la recurrente, pues las cartas que dirigió la empresa demandada, no fue a la organización sindical como responsable de cumplir con la nómina de trabajadores, sino que estuvieron dirigidas a los mismos trabajadores, con el fin de obligarlos a asistir a laborar los días 24 y 25 de diciembre de 2012, en los cuales se había anunciado la paralización de labores, e impedirles el libre ejercicio del derecho de huelga” (Fundamento 11).
El TC también señala que “al adoptar medidas disciplinarias contra los trabajadores que acataron la huelga, calificando sus inasistencias como injustificadas, la empresa demandada también ha vulnerado su derecho de huelga” (Fundamento 14).
Se declara FUNDADA la demanda y en consecuencia INAPLICABLES a los trabajadores afectados las cartas de investigación y las medidas disciplinarias impuestas por haber acatado la huelga de los días 24 y 25 de diciembre de 2012.
Aquí se puede encontrar la referida resolución:


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