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martes, 5 de mayo de 2020

Publican Resolución Vice Ministerial 095-2020-MINEDU: Dispone suspensión y postergación de servicio educativo presencia en universidades púbicas y privadas y otras instituciones educativas.


Se publicó ayer 04/05/2020, en Edición Extraordinaria de El Peruano la Resolución Vice Ministerial 095-2020-MINEDU, que dispone excepcionalmente, mientras esté vigente estado de emergencia nacional y emergencia sanitaria por COVID 19, lo siguiente:

- Suspensión del servicio educativo presencial en Centros de Educación Técnico-Productiva, Institutos y Escuelas de Educación Superior públicos y privados, hasta disposición de reinicio (supuesto que ya se haya iniciado servicio).

-Postergación del inicio del servicio educativo presencial (año lectivo 2020) en las entidades antes indicadas, hasta disposición de restablecimiento (cuando con anterioridad a vigencia de esta resolución, no hubieran iniciado prestación de servicio).

-Durante suspensión, entidades antes indicadas pueden prestar servicio educativo de manera no presencial o remota (siempre y cuando dispongan de metodologías y herramientas apropiadas para dicho fin, conforme a disposiciones de MINEDU).
- Se establecen obligaciones de reprogramación de horas lectivas y deber de informar reprogramación, estableciéndose plazos.
- Se dispone suspensión y/o postergación de clases, actividades lectivas, culturales, artísticas y/o recreativas realizadas de forma presencial en sedes y filiales de universidades públicas y privadas, escuelas de posgrado. Se faculta a que puedan optar por servicio no presencial o remota (conforme a disposiciones emitidas por el MINEDU y Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria)

Aquí se puede encontrar la referida resolución:



1 comentario:

Unknown dijo...

Por favor que se vea sobre las pensiones, no pueden cobrar lo mismo por clases virtuales además de la situación que estamos pasando no todos tienen trabajo.