Buscar este blog

Translate

lunes, 27 de enero de 2020

¿Cuáles son las reglas establecidas por el Tribunal Constitucional para la conversión de un proceso de hábeas corpus en uno de amparo?

En el Expediente Nº 4968-2014.PHC/TC (hábeas corpus presentado a favor de Alejandro Toledo y Eliane Karp), el Tribunal Constitucional ha señalado que las reglas para convertir un proceso constitucional de hàbeas corpus en uno de amparo son las siguientes: “a) la conversión n es obligatoria para los jueces constitucionales de primera instancia, mas sí para los de segunda y última instancia; b) la conversión deberá observar que el plazo de prescripción de la demanda no haya vencido, c) la conversión deberá verificar la legitimidad para obrar del demandante; d) la conversión en ningún caso podrá dar lugar a la variación del petitorio ni la fundamentación fáctica de la demanda; e) ha de existir riesgo de irreparabilidad del derecho; f) la conversión deberá preservar el derecho de defensa del demandado” (Fundamento 10)
Aquí se puede encontrar la referida resolución:

No hay comentarios: