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miércoles, 30 de junio de 2021

Publican ley 31248, que fortalece herramientas financieras de reactivación económica de las MYPIME facilitando el acceso a crédito, generación de garantías y compras estatales para dinamizar la economía.

 Se publica hoy 30 de junio de 2021 en el Diario Oficial El Peruano, la Ley 31248, que modifica numeral 24.2 del artículo 24 y el artículo 29 de la Ley 27181, Ley General de Transporte y tránsito terrestre, referidas a la responsabilidad administrativa y civil de los prestadores del servicio de transporte.

Se modifica el artículo 29 de la Ley 27181, para señalar que “la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito causados por vehículos automotores es objetiva, de conformidad con el Código Civil. El conductor, el propietario del vehículo y, de ser el caso, el prestador del servicio de transporte terrestre, son solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados. La regla anterior no se aplica a los propietarios que arriendan su vehículo bajo un contrato de arrendamiento financiero, siempre que hayan hecho entrega del vehículo al arrendatario”.

Se modifican los artículos 2 y 11 del Decreto Legislativo 299, que considera arrendamiento financiero, el contrato mercantil que tiene por objeto la locación de bienes muebles e inmuebles por una empresa locadora para el uso de la arrendataria, mediante el pago de cuotas periódicas y con opción a comprar dichos bienes.

Se modifica artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y startups.

Aquí puede encontrarse la referida ley:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-fortalece-herramientas-financieras-de-reactivacion-e-ley-n-31248-1967796-1/

 

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