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domingo, 20 de junio de 2021

PUBLICAN DECRETO SUPREMO N° 123-2021-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el COVID- 19 hasta el 31 de julio de 2021

-SE PRORROGA ESTADO DE EMERGENCIA: por 31 días a partir del 1 de julio de 2021.

-VARÍAN DEPARTAMENTOS Y PROVINCIAS RESPECTO A NIVEL DE ALERTA:

MODERADO: Departamentos de Loreto y Ucayali.

ALTO: Departamentos de Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Tumbes, Provincia Constitucional del Callao.

MUY ALTO:

Departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Junín, Moquegua, Pasco, Tacna. (Excepto las provincias que a continuación se señalan que pasan a nivel de alerta extremo)

ALERTA EXTREMO:

Provincia de Chachapoyas, en el Departamento de Amazonas.

Provincias de Arequipa, Camaná, Caravelí, Castilla, Caylloma e Islay, en el Departamento de Arequipa.

Provincia de Lucanas, en el departamento de Ayacucho.

Provincia de Espinar, en el departamento de Cusco.

-INMOVILIZACION SOCIAL OBLIGATORIA: Del 21 de junio de 2021 hasta el 11 de julio de 2021, según el Nivel de Alerta por Departamento, conforme al siguiente detalle:

Nivel de alerta moderado: desde las 00.00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente (lunes a domingo).

Nivel de alerta alto: desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente (lunes a domingo).

Nivel de alerta muy alto: desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente (lunes a domingo).

Nivel de alerta extremo: desde las 21.00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado, y el domingo todo el día.

 

-PROHIBICION DE VEHÍCULOS PARTICULARES: Desde el 21 de junio de 2021 hasta el 11 de julio de 2021, los días domingos, en los lugares declarados en los niveles de alto, muy alto y extremo.

 

-SUSPENSIÓN DE TRANSPORTE AÉREO Y TERRESTRE DE PERSONAS EN EL DEPARTAMENTO Y PROVINCIAS DE AREQUIPA: Por el plazo de 15 días calendario, a partir del 21 de junio de 2021. Se prohíbe el uso de vehículos particulares para trasladarse entre las provincias del referido departamento, para ingresar o salir del mismo.

 

-SUSPENSIÓN DE INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL: del 21 de junio de 2021 al 11 de julio de 2021, de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica, República Federativa de Brasil, o la Republica de la India. Reino Unido, Sudáfrica y Brasil, o que hayan realizada escalas en dichos lugares en los últimos 14 días calendarios. Los peruanos y extranjeros residentes que ingresen al territorio nacional provenientes de tales lugares o que hayan realizado escala en dichos lugaresrealizarán cuarentena obligatoria en su domiciliohospedaje u otro centro de aislamiento temporal por un periodo de catorce (14días calendariocontados desde el arribo al territorio nacional.

 

 

-Se establecen disposiciones respecto a aforos y actividades económicas.

 

-ES OBLIGATORIO EL USO DE MASCARILLA PARA CIRCULAR POR LAS VÍAS DE USO PÚBLICO Y DOBLE MASCARILLA (UNA DE LAS CUALES PUEDE SER DE TELA), PARA INGRESAR A ESTABLECIMIENTOS CON RIEGOS DE AGLOMERACIÓN.

 

VIGENCIA DEL DECRETO: A partir del 21 de junio de 2021.

 

Aquí puede encontrarse el referido Decreto:

 

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-123-2021-pcm-1964882-1/

 

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