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jueves, 18 de abril de 2024

PUBLICAN L EY 32202: Ley que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones hasta por el monto de Cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT)

 Se publica hoy 18/04/2024, en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 32202, que autoriza el retiro de los fondos acumulados en las cuentas individuales de capitalización de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones hasta por el monto de 4 UIT.

Se establece el procedimiento para el retiro: La solicitud podrá ser presentad en físico o virtual dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de la ley que deberá ser publicado dentro de los 15 días de la entrada en vigencia de esta ley (Art. 2 y Disposición Complementaria Final).

Se establece la intangibilidad de los fondos, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal, contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa. Esta disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado (Art. 3)

Aquí puede encontrarse la referida ley:

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2280585-1

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