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sábado, 25 de diciembre de 2021

PUBLICAN DECRETO SUPREMO 186-2021-PCM: Prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el COVID 19.

El 23 de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 186-2021-PCM, que prorrogó el Estado de Emergencia Nacional Decretado inicialmente por el Decreto Supremo 184-2020-PCM, y prorrogado por otros, por las graves circunstancias que afectan a la Nación por el COVID 19.

-SE PRORROGA ESTADO DE EMERGENCIA: por 31 días, a partir del 1 de enero de 2022

-VARÍAN DEPARTAMENTOS Y PROVINCIAS RESPECTO A NIVEL DE ALERTA:

MODERADO: Todas las provincias del Perú, exceptos las que a continuación se señalan.

ALTO: Provincias de Bagua, Chepén, Concepción, Huamanga, Huancavelica, Santa, Sullana, Piura, Sechura, Talara, Virú.

MUY ALTO: Ninguna.

EXTREMO:

Ninguna.

-INMOVILIZACION SOCIAL OBLIGATORIA: Del 1 de enero al 16 de enero de 2022, según el Nivel de Alerta por Departamento, conforme al siguiente detalle:

Nivel de alerta moderado: desde las 02.00 horas hasta las 04:00 horas (lunes a domingo).

Nivel de alerta alto: desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente (lunes a domingo).

Nivel de alerta muy alto: desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente (lunes a domingo).

Nivel de alerta extremo: desde las 21.00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado, y los domingos desde las 4.00 horas hasta las 4.00 horas del día siguiente.

-Se establecen disposiciones respecto a aforos y actividades económicas.

-ES OBLIGATORIO: EL USO DE MASCARILLA KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de ésta una mascarilla comunitaria (tela) para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.

-Los infractores a las disposiciones sanitarias y relativas al Estado de Emergencia Nacional que no hayan pagado la multa impuesta, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado; sin perjuicio que las personas en situación de vulnerabilidad y estén debidamente registradas en los padrones de los programas sociales, así como subsidios monetarios, seguirán siendo beneficiarias de cualquier programa estatal de apoyo.

-Los trabajadores del sector salud deben contar con vacunación completa para cumplir labores de manera presencial en su centro de trabajo.

-Restricciones focalizadas:

Inmovilización social obligatoria el viernes 24 de diciembre y el viernes 31 de diciembre desde las 23.00 horas hasta las 4.00 horas del día siguiente (en los lugares de alerta moderado), estando prohibido todo tipo de reunión y evento social.

Los días 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, y los días 1 y 2 de enero del 2022, queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas, y venta de alimentos en playas, ríos, lagos, lagunas, y piscinas públicas a nivel nacional.”

Aquí puede encontrarse el referido Decreto:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-186-2021-pcm-2024919-2/



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