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domingo, 23 de agosto de 2020

TC DECLARA FUNDADO RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL CONTRA SENTENCIA ESTIMATORIA EN SEGUNDA INSTANCIA PRESENTADO POR PROCURADOR PÚBLICO, EN UN PROCESO DE HÁBEAS CORPUS (Expediente Nº 4637-2017/PHC/TC).

 El 20/08/2020, en la web del TC se ha publicado la sentencia emitida en el Expediente Nº 4637-2017/PHC/TC, respecto a un recurso de agravio constitucional presentado por un Procurador Público, contra una sentencia que en segunda instancia declara fundada una demanda de hábeas corpus, incoada por una interna procesada por un caso de Tráfico Ilícito de Drogas.

En el caso, la Fiscalía presentó un requerimiento de prolongación de prisión preventiva contra una procesada por delito de Tráfico Ilícito de Drogas, sin embargo, antes que se emita la resolución judicial respectiva se venció el plazo de la referida medida coercitiva, por lo que la investigada presentó una demanda de hábeas corpus, solicitando su inmediata excarcelación.

En primera instancia se declaró infundada la demanda de hábeas corpus, porque al momento de resolverse ya se había expedido la resolución judicial prolongando la prisión preventiva. Sin embargo, ante una impugnación de la interna, la Sala de Apelaciones revoca la resolución de primera instancia y declara fundada la demanda de hábeas corpus, disponiendo la liberación de la recurrente.

Contra esta resolución de segunda instancia, el Procurador Público adjunto a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial presenta recurso de agravio constitucional excepcional (contra resolución estimatoria en segundo grado en proceso relacionado con Tráfico Ilícito de Drogas), el cual, es declarado fundado por el TC, por lo que declara nula la resolución de segunda instancia que declaró fundada la demanda de hábeas corpus, y la declara improcedente, por haberse producido la sustracción de la materia. (Fundamento 8).

Aquí se puede encontrar esta interesante resolución:

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2020/04637-2017-HC.pdf

 

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