El 07/08/2020, se ha publicado en la web del Tribunal Constitucional la sentencia emitida en el Expediente Nº 2907-2016-PHC/TC, que declarada fundada una demanda de hábeas corpus, presentada contra la resolución emitida por una Sala de apelaciones que declaró inadmisible un recurso de apelación y nula la concesión de la misma.
En
el caso se declaró fundado un requerimiento de prisión preventiva, y en la
misma audiencia el abogado del investigado presentó recurso de apelación y lo
fundamentó, por lo que la Juez elevó los actuados al Superior Jerárquico. Sin
embargo, en la instancia superior, se declara inadmisible el recurso de
apelación y nulo el concesorio de la misma, al considerarse que no había sido
fundamentada por escrito en el plazo de ley.
El
TC declara fundada la demanda de hábeas corpus por vulneración del derecho a la
pluralidad de instancia y dispone que “la Sala de Apelaciones reprograme en
fecha próxima la audiencia de apelación, en la que se debe habilitar un espacio
de tiempo para visualizar y escuchar el CD en el que se registra la
fundamentación oral del referido recurso por parte de la defensa del
favorecido, luego de lo cual se deberá realizar un nuevo control de admisibilidad
del referido recurso” (Fundamento 10).
Aquí
se puede encontrar la referida resolución:
https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2020/02907-2016-HC.pdf
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