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jueves, 27 de agosto de 2020

Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declara improcedente control de convencionalidad y control difuso de disposiciones del Decreto Legislativo 1322 y 1300. (Expediente Nº 19-2019-10).

 En resolución emitida por el Juez del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria (Expediente Nº 19-2019-10), recientemente publicada en la web del Poder Judicial, se declara improcedente el Control de Convencionalidad y Control difuso de constitucionalidad de las leyes, respecto al literal c, numeral 5.1, del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1322 (prohíbe la pena de vigilancia electrónica personal para los condenados, entre otros delitos, por cohecho pasivo específico) y el segundo párrafo, literal b, del primer párrafo del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1300 (proscribe conversión de penas para condenados por el delito de cohecho pasivo específico).

Aquí se puede encontrar la referida resolución:

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/9329d5804f86b3e79badbf6976768c74/RES-15-EXP-19-2019-10-RICARDO-CHANG.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=9329d5804f86b3e79badbf6976768c74

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