Buscar este blog

Translate

martes, 17 de diciembre de 2024

Corte Suprema declara fundado recurso de Casación al considerar que Sala no valoró la alegación de que una procesada por el delito de Exposición a peligro de persona dependiente padecía retardo mental leve. Considera, además, que los argumentos utilizados para condenar refuerzan los estereotipos de género (Casación 534-2023-Madre de Dios)

 En sentencia emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en la Casación Nº 534-2023-Madre de Dios), se pronuncia respecto a un recurso de Casación presentada por una persona condenada por el delito de Exposición a peligro de persona dependiente (Art. 128 del Código Penal).

En el caso se condenó en primera y segunda instancia a una madre, por el delito de Exposición a peligro a persona dependiente, por no haber prestado ayuda inmediata a su hijo de 7 años, a pesar de conocer la afectación a su salud, como consecuencia de haber sido víctima de violencia sexual y física por una persona, menor que falleció por la falta de atención médica.

La defensa de la procesada cuestionó vía Casación que los jueces al emitir la condena no valoraron que la procesada tenía retardo mental leve (supuesto de inimputabilidad).

La Corte Suprema considera que el referido diagnóstico, acreditado mediante pericia psicológica, “no fue objeto de mayor análisis (…) se indicó que ella tenía esposo e hijos menores, se desempeñaba en las labores del hogar y ayudaba en la chacra, por lo que estaba en las posibilidades de darse cuenta de la situación de su menor hijo y auxiliarlo”. (F.20)

Considera la Corte Suprema que “lo señalado por ambas instancias judiciales, como parte del sistema de administración de justicia, refuerza los estereotipos de género en perjuicio de las mujeres debido a que se las encasilla en roles que, en este caso, sustentarían su responsabilidad penal por el delito imputado”.

Se declara fundado el recurso de Casación, al considerarse que se ha vulnerado los derechos a la tutela procesal efectiva y a la defensa de la procesada.

Se dispone se realice un nuevo juicio oral en el cual se debe actuar una pericia psiquiátrica a la procesada.

Aquí puede encontrarse el enlace de acceso a la referida resolución:

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/d95d0f80425a923c98d1fd442639fddb/Cas+534-2023+Madre+de+Dios.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=d95d0f80425a923c98d1fd442639fddb

 

No hay comentarios: