En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano en el Expediente Nº 3405-2018/PHC/TC, se señala que “la apreciación de la calidad de la defensa particular de un inculpado no corresponde ser analizada vía el proceso constitucional de habeas corpus, cuya tutela se circunscribe a la vulneración del derecho a la libertad personal y sus derechos constitucionales conexos” (Fundamento 14).
Aquí se puede encontrar la
referida resolución:
https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2020/03405-2018-HC.pdf
No hay comentarios:
Publicar un comentario