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domingo, 20 de septiembre de 2020

DEFICIENTE DEFENSA DE ABOGADO PARTICULAR DE UN INCULPADO NO CORRESPONDE SER ANALIZADA EN HÁBEAS CORPUS (Expediente 3405-2018/PHC/TC).

 En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano en el Expediente Nº 3405-2018/PHC/TC, se señala que “la apreciación de la calidad de la defensa particular de un inculpado no corresponde ser analizada vía el proceso constitucional de habeas corpus, cuya tutela se circunscribe a la vulneración del derecho a la libertad personal y sus derechos constitucionales conexos” (Fundamento 14).

Aquí se puede encontrar la referida resolución:

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2020/03405-2018-HC.pdf

 

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