Se ha publicado recientemente en la web del Tribunal Constitucional peruano
la sentencia emitida en el proceso de inconstitucionalidad Nro. 014-2015-PI/TC,
que declara infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el
Colegio de Notarios de San Martín contra los artículos 1 y 2 de la Ley Nro.
29618, que establece la presunción de que el Estado es poseedor
de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles
de dominio privado estatal.
Aquí se puede
encontrar la referida resolución:
No hay comentarios:
Publicar un comentario