Se ha publicado en la
página web del Poder Judicial la resolución emitida por el Juzgado de
Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República (Expediente
A.V.N. 19-2018), que rechaza liminarmente la tutela de derechos presentada por
el ex Presidente Pedro Pablo Kuczynski, el cual alegaba la vulneración de su derecho
al tiempo necesario para preparar su defensa en la investigación preliminar seguida
en su contra, dado que, siendo el plazo de 8 meses, el Fiscal de la Nación,
arbitrariamente la había culminado al mes y 16 días, y formulado acusación
constitucional.
Entre otros, los argumentos
del Juez, para rechazar la tutela de derechos, se tiene a los siguientes:
-No se puede cuestionar vía
tutela de derechos la facultad constitucional del Fiscal de incoar el proceso
penal –en el caso de procesos especiales iniciar el procedimiento para la
aprobación del Congreso y posterior ejercicio de la acción penal- porque
afectaría la naturaleza del proceso penal vigente, referido a la división de
roles entre el Ministerio Público y Poder Judicial.
-No se considera afectado
el derecho de defensa, pues, éste podrá ser ejercido plenamente durante la
investigación preparatoria propiamente dicha, de autorizar el Congreso el
ejercicio de la acción penal.
-Si el objeto de la solicitud
de la tutela de derechos es cuestionar el plazo de duración de las diligencias
preliminares, también existe una vía propia, prevista en el numeral 2, del
artículo 334 del Código Procesal Penal de 2004 (requerimiento de control de
plazos).
Aquí se puede encontrar la
referida resolución:
No hay comentarios:
Publicar un comentario