El Tribunal Constitucional
peruano, en sentencia interlocutoria emitida en el Expediente Nro.
3543-2018-PHC/TC (publica en su web el 23/11/2018), declara improcedente un
recurso de agravio constitucional, en un caso en el cual se interpuso un hábeas
corpus contra una Fiscal, que puso a un detenido a disposición del Juzgado, solicitando
prisión preventiva, luego de pasados algunos minutos de las 48 horas de
detención preliminar. Considera el TC, que se ha producido la sustracción de la
materia (por tanto, es un asunto que carece de especial trascendencia constitucional)
Según el TC, “no existe
necesidad de emitir un pronunciamiento de fondo, al haberse producido la
sustracción de la materia, puesto que la alegada detención arbitraria del
favorecido por parte de los efectivos de la Policía Nacional del Perú ha cesado
en momento posterior a la postulación de la demanda (12 de julio de 2018), pues
en la misma fecha de interposición de la demanda se puso a disposición del juez
al beneficiario, unos minutos después de haberse cumplido el plazo, como señaló
el recurrente. (Fundamento 5)
Aquí se puede encontrar la
referida resolución:
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