El Tribunal Constitucional peruano, en un auto publicado
ayer en su página web (Expediente Nro. 572-2016-PA/TC), declaró nulas
resoluciones del Poder Judicial, que declararon improcedentes demandas de
amparo interpuestas contra el Congreso y Ministerio de Educación, que
solicitaban la inaplicación de varios artículos de la Ley Nº 30220, Ley
Universitaria. Los órganos jurisdiccionales, para declarar la improcedencia habían
considerado que tales normas no tenían la condición de autoaplicativas.
El Tribunal Constitucional, luego de definir lo que debe
entenderse por normas autoaplicativas y heteroaplicativas, considera que varios
de los artículos cuestionados de la Ley 30220, sí son normas autoaplicativas, declara
nulas las resoluciones del Poder Judicial y dispone se admita a trámite la
demanda de amparo.
Aquí, puede encontrarse la referida Disposición.
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