En sentencia interlocutoria emitida en el Expediente Nro.
5217-2016/PA/TC, el Tribunal Constitucional peruano declara improcedente un
recurso de agravio constitucional, al considerar, que, vía amparo, el
impugnante pretendía objetar la apreciación fáctica y jurídica realizada en una
Disposición Fiscal Superior, pretextando la violación de derechos fundamentales
(debido proceso, debida motivación de las resoluciones fiscales, defensa).
Considera el TC, que este cuestionamiento carece de especial trascendencia
constitucional.
Así mismo, el TC señala, que, “el derecho a motivación de
Disposiciones Fiscales no garantiza, que, de manera pormenorizada, todas las
alegaciones de las partes tengan que ser objeto de un pronunciamiento expreso y
detallado, lo que el derecho exige es que el razonamiento empleado por el
Fiscal guarde relación, con el problema que le corresponda resolver” (Fundamento
6)
Aquí, se puede encontrar la referida resolución:
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