En esta sentencia emitida en el Expediente 2997-2015-PHC/TC, el Tribunal Constitucional peruano declarada infundada una demanda de hábeas corpus, al considerar que no se violó el derecho de un interno del Penal de Cajamarca, a no ser objeto de tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad, respecto a la forma y condiciones en que cumple la pena.
El TC reitera su posición de anteriores resoluciones, de desestimar demandas de hábeas corpus, que denunciaban afectación de derechos de reclusos, por ser trasladados de establecimiento penitenciario, si tales decisiones fueron adoptadas sustentando la necesidad de la medida, aunque de manera concisa, pero con una suficiente motivación.
Aquí, se puede encontrar la referida resolución:
No hay comentarios:
Publicar un comentario