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martes, 6 de febrero de 2024

TC por mayoría declara improcedente e infundado un habeas corpus presentado contra una sentencia que condenó a persona por tentativa de feminicidio. Votos singulares consideran que debe declararse fundada demanda por no haberse explicado el contexto en que se habría cometido tal delito (Exp. 4239-2022-PHC/TC)

 En interesante sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N° 4239-2022.PHC/TC, publicada en su página web el 02/02/2024, se declara improcedente e infundada una demanda de habeas corpus presentada por una persona condenada a 11 años de pena privativa de libertad por tentativa de feminicidio.

Se considera que la resolución de la Corte Suprema que confirmó una sentencia condenatoria ante presentación de un recurso de nulidad (Código de Procedimientos Penales de 1040), está debidamente motivada y respondió a los agravios realizados (congruencia recursal).

Sin embargo, existe el voto singular de dos magistrados quienes consideran que las resoluciones cuestionadas (de primera instancia y de la Corte Suprema), violan el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, pues, “si bien detallan los hechos ocurridos, al momento de la calificación jurídica no explicitan el contexto en el que se habría cometido la tentativa de feminicidio (…) elemento importante para determinar la intención de matar a la víctima por su condición de mujer” (F.19, de voto singular); tampoco “explican por qué la agresión del actor hacia la víctima se subsume en el tipo penal de feminicidio y no en el de lesiones en agravio de una mujer, lo que fue reconocido por el recurrente y además fue invocado en el marco del proceso penal” (F.21, del voto singular).

Aquí puede encontrarse estas interesantes resoluciones:

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2024/04239-2022-HC.pdf

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