Buscar este blog

Translate

miércoles, 7 de febrero de 2024

PUBLICAN DECRETO SUPREMO N° 01-2024-IN, REGLAMENTO DE LEY N° 31694, QUE ESTABLECIÓ EL EMPADRONAMIENTO Y AMNISTÍA POR TRES AÑOS POR TENENCIA DE ARMAS DE FUEGO DE USO CIVIL

 Se publica hoy 7 de febrero de 2024 en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 01-2024-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31694, que establece el empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil.

Se regula el procedimiento para el empadronamiento e internamiento de armas de fuego de uso civil y municiones, en el marco de la Ley N° 31694 (El Peruano, 23 de febrero de 2023), que estableció el empadronamiento y amnistía por la adquisición o tenencia de las referidas armas o municiones que no estén registradas o no tengan tarjeta de propiedad o que la licencia de uso y porte se encuentren vencidas.

A pesar que en la Ley N° 31694 se señaló que su Reglamento debía publicarse en el plazo máximo de 30 días desde su publicación (23/03/2023), recién se realiza hoy, casi un año después.  

Sin embargo, aún queda aproximadamente dos años de amnistía para el empadronamiento e internamiento de quienes tengan armas de fuego civil y municiones que estén en alguno de los supuestos líneas arriba indicado.

Quienes se sometan al procedimiento antes indicado no serán procesados por el delito de “Uso o porte de armas sin la debida autorización”, tipificado en el artículo 279 G del Código Penal, que contempla en su modalidad básica pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años.

Aquí puede encontrarse el enlace de acceso al referido Decreto:

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2259474-3

 

No hay comentarios: