Buscar este blog

Translate

viernes, 16 de febrero de 2024

¿Se puede disminuir la pena por debajo del mínimo legal en aplicación del criterio convencional de reducción punitiva vinculado al interés superior de los niños, niñas y adolescentes? (Casación 2936-2021-Selva Central)

 En la sentencia emitida en la Casación N° 2936-2021-Selva Central, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declara fundado un recurso de Casación presentado por un representante del Ministerio Público, contra la sentencia emitida por una Sala Penal que condenó a una persona a cuatro años de pena privativa de libertad suspendida por el delito de violación sexual de menor de edad.

En el caso, la Corte Suprema considera que se “interpretaron incorrectamente las reglas de determinación de la pena -infringieron el principio de legalidad- y el principio constitucional de la debida motivación -ilogicidad de la motivación, pues se fijó al sentenciado una sanción inferior al mínimo legal, cuando no se configura ninguna causal de disminución de punibilidad o regla de reducción por bonificación procesal -beneficio premial- para avalar la disminución punitiva” (F.19)

La Corte Suprema, en el fundamento 13 de esta sentencia, cita el Acuerdo Plenario 1- 2023/CIJ-112, según el cual el criterio convencional de reducción punitiva vinculado al interés superior de los niños, niñas y adolescentes “no posibilita ni autoriza al Juez a realizar una reducción punitiva por debajo del mínimo legal (Cita de Prado Saldarriaga), esto es (…) el quantum razonable de la reducción será equivalente hasta un cuarto de la pena concreta y dependiendo de la gravedad del hecho y el daño causado”

Aquí puede encontrarse el enlace de acceso a esta resolución:

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/89e8cc004ea90722b4c8b7c3bf04fa09/Casaci%C3%B3n+2936-2021.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=89e8cc004ea90722b4c8b7c3bf04fa09

No hay comentarios: