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lunes, 5 de febrero de 2024

Corte Suprema reforma sentencia condenatoria y absuelve al procesado al considerar que no se presentan garantías establecidas en el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116 (Recurso de Nulidad N° 231-2023-Cajamarca

 En sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia de la República, se declara fundado un recurso de nulidad (antiguo Código de Procedimientos Penales de 1940) presentado por una persona condenada a una pena privativa de libertad por el delito de homicidio calificado con ferocidad.

En el caso, la Corte Suprema analiza la declaración de un testigo siguiendo las denominadas “garantías de certeza” establecidas en el Acuerdo Plenario 2-2005-CJ-116. Según la referida entidad jurisdiccional, la declaración primigenia del referido testigo mediante el cual imputaba al procesado haber cometido el hecho delictivo no está corroborada con prueba periférica, además que se retractó en juicio oral.

En mérito a ello se concluye que existe insuficiencia probatoria, que no se ha desvirtuado la presunción de inocencia, declarándose fundado el recurso de nulidad contra la sentencia condenatoria y reformándola absolvieron al procesado.

Aquí puede encontrarse la referida resolución:

https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=2f979562-06d1-46c2-b0fd-70512654d8b6

 

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