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domingo, 12 de junio de 2022

Juez declara fundada medida cautelar presentada por Sindicato de Trabajadores de la Defensoría del Pueblo, para suspender temporalmente elecciòn de nuevo Defensor del Pueblo (Expediente 03898-2022-12-1801-JR-DC-03)

 En resolución emitida por el Juez del Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima, se declara fundada la medida cautelar presentada por el Sindicato de Trabajadores de la Defensoría del Pueblo, para que el Congreso suspenda temporalmente la elecciòn del nuevo Defensor del Pueblo, hasta que dicho proceso sea encausado respetando el debido proceso y los principios de transparencia, meritocracia y participaciòn polìtica, con relaciòn a altos funcionarios (F.2).

Para declarar fundada la medida cautelar, el Juez señala que hay apariencia del derecho, pues, “constata que no se ha reconocido una etapa en donde se haya permitido a la ciudadanìa ejercer control sobre la idoneidad de los candidatos, ni tampoco una etapa o etapas que permitan publicitar, de forma expresa, y con amplitud la información que se haya obtenido de la instituciones que guardan información relevante para este fin, como la obtenidas de la Contraloría general de la Republica, el Poder Judicial, el Ministerio público, entre otros” (F.4).

El Juez, señala, además, que constata los otros requisitos para la obtención de la medida cautelar, tales como la existencia del peligro en la demora, pedido adecuado o razonable para garantizar la eficacia de la pretensión y la reversibilidad de la medida.

Aquì puede encontrarse la referida resoluciòn:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3241520/res_20220389812083536000177135.pdf.pdf


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