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jueves, 9 de junio de 2022

Fundado habeas corpus al constatarse vulneración del principio de correlaciòn entre lo acusado y lo condenado (Expediente Nº 1920-2021-PHC/TC).

 En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano en el Expediente Nº 1920-2021-PHC/TC, se declara fundada una demanda de habeas corpus presentada contra magistrados, por considerarse que habìa vulnerado el principio de correlaciòn entre lo acusado y lo condenado.

En el caso, el TC considera acreditado que “se vulneró el principio de correlación o congruencia entre lo acusado y lo condenado, pues don Miguel Ángel Navarrete Rojas fue acusado por la comisión del delito de estafa en agravio de don Víctor Nicolas Mamani Quispe, doña Silvia Concepción Herrera Zavalaga y don Luis Taza Páucar, pero fue condenado no solo en agravio de dichas personas sino también en agravio de doña Yenny Maraza Ilaquijo y don José Luis Condori Choquehuanca”

El TC señala que “El principio de correlación o congruencia entre lo acusado y lo condenado constituye un límite a la potestad de resolver por parte del órgano jurisdiccional, toda vez que garantiza que la calificación jurídica realizada en el marco de un proceso penal (tomando en cuenta lo señalado por el Ministerio Público, en virtud de su competencia postulatoria) sea respetada al momento de emitirse una sentencia. Asimismo, cabe precisar que el juez se encuentra premunido de la facultad para poder apartarse de los términos de la acusación fiscal, en tanto respete los hechos que son objeto de acusación, sin que cambie el bien jurídico tutelado por el delito acusado, así como que respete el derecho de defensa y el principio contradictorio [Expedientes 01230-2002-PHC/TC, 02179-2006-PHC/TC; 00402- 2006-PHC/TC]” (F.9).

Aquì puede encontrarse la referida sentencia:

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2022/01920-2021-HC.pdf


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