Hoy 27 de enero de 2021, se publica en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 008-2021-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan a la Nación por el COVID 19 y modifica Decretos Supremos.
-Se establece cuatro niveles de alerta por departamento:
Moderado: (Ningún
departamento).
Alto: Piura, Loreto,
Lambayeque, La Libertad, San Martín, Ucayali, Madre de Dios.
Muy alto: Tumbes,
Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa Moquegua, Tacna.
Extremo: Lima,
provincia constitucional del Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín,
Huancavelica, Ica, Apurímac.
-Se dispone que el Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales y Locales, continuarán promoviendo y/o vigilando
las siguientes prácticas: Distanciamiento físico o corporal no menor de un (1)
metro, lavado frecuente de manos, uso de mascarilla, uso de espacios abiertos y
ventilados, evitar aglomeraciones, protección a las personas adultas mayores y
personas en situación de riesgo, promoción de la salud mental, continuidad del
tamizaje de la población, continuidad del fortalecimiento de los servicios de
salud, uso de las tecnologías de la información para seguimiento de pacientes
COVID-19, uso de datos abiertos y registro de información, lucha contra la
desinformación y la corrupción, gestión adecuada de residuos sólidos, difusión
responsable de la información sobre el manejo de la COVID-19; así como, de las
medidas adoptadas, prestación de servicios de transporte público terrestre con
todas las ventanas abiertas del vehículo, locales de entidades públicas
debidamente ventilados, con puertas y ventanas abiertas cuando sea posible, las
entidades públicas y privadas priorizan trabajo remoto y cuentan con horario
escalonado para el ingreso y salida de personal.
-Inmovilización social obligatoria: de todas las personas en sus domicilios de lunes a domingo,
hasta el 14 de febrero de 2021, según el Nivel de Alerta por Departamento,
conforme al siguiente detalle:
Nivel de alerta moderado: desde las
23:00 horas hasta las 04:00 horas.
Nivel de alerta alto: desde las
21:00 horas hasta las 04:00 horas.
Nivel de alerta muy alto: desde las 20:00
horas hasta las 04:00 horas
Nivel de alerta extremo: Desde las
00.00 horas hasta las 23.59 horas (todo el día).
-Hasta el 14 de febrero de 2021,
se dispone la prohibición del uso de vehículos particulares, según el Nivel de
Alerta por Departamento, conforme al siguiente detalle:
Nivel de alerta alto: Los domingos.
Nivel de alerta muy alto: Sábados y
domingos
Nivel de alerta extremo: Todos los
días
-Se establecen aforos de
actividades económicas, templos y lugares de culto, según nivel de alerta.
-SUSPENSIÓN DE INGRESO DE
EXTRANJEROS NO RESIDENTES PROVENIENTES DE EUROPA, SUDAFRICA Y BRASIL: Hasta el 28
de febrero de 2021.
-IMPLEMENTACÓN DE CENTROS DE
RETENCIÓN TEMPORAL: Para la identificación de los intervenidos por infracción a las
reglas sanitarias y la inmovilización social obligatoria (salvo asuntos de
relevancia penal), a cargo de la PNP en coordinación con los Gobiernos Locales
y regionales. Infractores no podrán ser retenidos por más de cuatro horas.
-PROHIBICIÓN DE REUNIONES: Se encuentran
suspendidos desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, todo tipo de
reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración
o aglomeración de personas. Incluso, las
reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares.
-MUERTE CIVIL PARA INFRACTORES A DISPOSICIONES SANITARIAS
QUE NO PAGAN MULTA: Estarán impedidos de realizar cualquier trámite
ante cualquier entidad del Estado, ser beneficiarios de cualquier programa
estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario (salvo causa motivada).
VIGENCIA DEL DECRETO: A partir
del 31 de enero de 2021.
Aquí puede encontrarse el
referido Decreto:
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