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jueves, 4 de febrero de 2021

CASACIÓN 1089-2017-AMAZONAS, TITULADA: CONTROL JUDICIAL DE CONSTITUCIONALIDAD (CONTROL DIFUSO). PRINCIPIOS ACUSATORIO Y DE JERARQUÍA Y DERECHOS DE LA VÍCTIMA. -

 El Tribunal revisor puede anular auto de sobreseimiento o sentencia absolutoria impugnada por agraviado, incluso si el Fiscal Superior que absuelve el grado está conforme con los mismos, si tales decisiones no se encuentran debidamente motivadas, o han incurrido en violación al derecho a la prueba, de defensa, al principio de legalidad material o procesal.

En el Recurso de Casación N° 1089-2017-Amazonas, la Sala Pena Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, desarrolla temas referidos al control difuso de constitucionalidad de las leyes y el principio acusatorio.

En el caso, una Sala Penal de Apelaciones sustentó su apartamiento de una Casación en el control difuso. La Corte Suprema, señala que “el control constitucional es un control normativo, pues tiene por objeto a leyes y normas con rango legal incompatibles con la Constitución, y las de menor rango que son incompatibles con la ley. Por tanto, no se trata de un control de jurisprudencia que emiten los órganos jurisdiccionales, a través de los procesos vinculantes, sentencias casatorias o acuerdos plenarios, que son resultado de la interpretación de las leyes o de sus disposiciones, y constituyen doctrina jurisprudencial” (Fundamento décimo tercero).

Con relación al principio acusatorio, se desarrolla el tema referido a si un auto de sobreseimiento o una sentencia absolutoria son apelados solamente por la parte agraviada, siendo la posición del Fiscal Superior que absuelve el grado de estar conforme con los mismos ¿el Tribunal revisor debe confirmar la decisión y poner fin al proceso? (Fundamento trigésimo)

Se hace mención a Casaciones discrepantes que se han emitido al respecto.

En la presente Casación se adopta la siguiente posición: “Si el fiscal superior en grado se encuentra conforme con el sobreseimiento o la absolución y el Tribunal revisor que tal posición es razonable, puede aplicar los principios acusatorio y de jerarquía del Ministerio Público para desestimar el recurso de la víctima. No obstante, si el Tribunal Revisor, en atención a los agravios postulados por la víctima o el actor civil advierte que la decisión de sobreseimiento o de absolución no se encuentra debidamente motivada, o ha incurrido en violación al derecho a la prueba, de defensa, y al principio de legalidad material o procesal, más allá de la posición del fiscal superior, puede anular la decisión y disponer un nuevo pronunciamiento” (Fundamento trigésimo cuarto).

Aquí se puede encontrar la referida resolución:

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/e7e1c3804165e75a912db95aa55ef1d3/CAS+1089-2017.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=e7e1c3804165e75a912db95aa55ef1d3

 

 

 

 

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