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martes, 9 de febrero de 2021

PARA RECORDAR: EL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO

 El principio del interés superior del niño se reconoció en el artículo 3.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

En la legislación interna peruana se reguló tal principio en el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337).

Además, se expidió en nuestro país la Ley N° 30466, denominada “Ley que fija parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del principio del interés superior del niño” y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 002-2018-MIMP

Aquí puede encontrarse el enlace de acceso a estos dos dispositivos legales:

https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/ExpVirPal/Normas_Legales/30466-LEY.pdf

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/aprueban-reglamento-de-la-ley-n-30466-ley-que-establece-pa-decreto-supremo-n-002-2018-mimp-1654825-3/

 

 

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