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domingo, 6 de diciembre de 2020

DEVOLUCIÓN DE APORTES REALIZADOS A LA ONP: Ley 31083

El 04 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley 31083, que establece disposiciones para la devolución de aportes realizados a la ONP para aportantes activos e inactivos del Decreto Ley 19990.

Se dispone:

-Los beneficiarios son los aportantes activos e inactivos del Decreto Ley 19990.

-Puede retirarse el monto de hasta una UIT.

-El plazo para acogerse a la devolución es hasta 90 días hábiles posteriores a la publicación de esta ley.

-El 50% de la UIT se depositará dentro de los treinta días calendarios posteriores a la conformidad de la solicitud. El otro 50% dentro de 90 días calendarios posteriores al primer desembolso.

-Las personas que han aportado al SNP y que a los 65 años de edad o más, no han cumplido los requisitos para obtener una pensión, tienen derecho a la devolución de la totalidad de sus aportes efectuados.

- La ONP otorgará por única vez, a los pensionistas del Decreto Ley 19990, una retribución extraordinaria equivalente a una RMV. (Se publicará cronograma).

Aquí puede encontrarse la Ley:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-establece-un-regimen-especial-facultativo-de-devoluc-ley-n-31083-1909102-4/

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