El 04 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley 31083, que establece disposiciones para la devolución de aportes realizados a la ONP para aportantes activos e inactivos del Decreto Ley 19990.
Se dispone:
-Los beneficiarios
son los aportantes activos e
inactivos del Decreto Ley 19990.
-Puede retirarse el monto de hasta una UIT.
-El plazo
para acogerse a la devolución es hasta 90 días hábiles posteriores a la
publicación de esta ley.
-El 50%
de la UIT se depositará dentro de los treinta días calendarios posteriores a la
conformidad de la solicitud. El otro 50% dentro de 90 días calendarios
posteriores al primer desembolso.
-Las personas que han aportado al SNP y que a los
65 años de edad o más, no han cumplido los requisitos para obtener una pensión,
tienen derecho a la devolución de la totalidad de sus aportes efectuados.
- La ONP otorgará por única vez, a los pensionistas
del Decreto Ley 19990, una retribución extraordinaria equivalente a una RMV. (Se
publicará cronograma).
Aquí puede encontrarse la Ley:
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