En la sentencia emitida en la Casación N° 342-2019-Huanuco, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la Justicia de la República, se pronuncia sobre un tema referido a la prueba ilícita y la inviolabilidad del domicilio.
-Se declara
fundado recurso de casación y nula sentencia de Sala Superior que absolvió a una
procesada por delito de Tráfico Ilícito de Drogas.
-Se considera
que resolución de la Sala Superior que consideró prueba ilícita un acta de autorización
y registro domiciliario, incautación de cocaína con fines de decomiso, por violación
del derecho a la inviolabilidad del domicilio, adolece de motivación
suficiente.
En el caso, los integrantes de una Sala Superior absolvieron a una procesada por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas, al considerar que el acta de autorización y registro domiciliario, incautación con fines de decomiso de cocaína y otros, era prueba ilícita, debido a que según consideraron se vulneró el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, pues, la encausada habría negado el ingreso al mismo al Fiscal y a los efectivos policiales, y ante la negativa, según se señaló “se valieron de los niveles de uso de la fuerza preventivos y reactivos para influir en la libertad de la autodeterminación de la encausada, pero al no lograr su propósito, allanaron a la fuerza la vivienda, y como protesta la encausada no firmó el acta respectiva” (fundamento décimo cuarto).
La
Corte Suprema, declara fundado el recurso de casación y nula la sentencia de la
Sala Superior al considerar que la misma no llegó a realizar una motivación acorde con el caudal probatorio
actuado en el plenario, que hubo falta de motivación en algunos aspectos, motivación
errada en otros. Concluyen que no existió un estándar de motivación suficiente.
Aquí
puede encontrarse la referida resolución:
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